aviso-oportuno.com.mx

Suscríbase por internet o llame al 5237-0800




Protocolo policial: uso de esposas y lectura de derechos

Fanny Ruiz-Palacios| El Universal
04:20Jueves 15 de enero de 2015
Si el detenido se resiste, se podrn utilizar armas incapacitantes y de fuego

USO DE LA FUERZA. Si el detenido se resiste, se podrán utilizar armas incapacitantes y de fuego. (Foto: ARCHIVO. EL UNIVERSAL )

La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal emitió los protocolos de actuación para los policías, quienes podrán utilizar esposas, armas incapacitantes no letales y están obligados a leerle los derechos a los presuntos responsables de la comisión de un delito

fanny.ruiz@eluniversal.com.mx

A partir de este jueves se implmentan los nuevos protocolos de actuación de la Policía Preventiva en los que se establece el uso de esposas o candados de mano para inmovilizar a los presuntos responsables de la comisión de un delito, además de que están obligados a leerles sus derechos.

El protocolo, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, establece que el responsable tiene el derecho a guardar silencio, notificar a alguna persona de su situación, además de que tiene derecho a la asistencia legal de un abogado.

A partir de ahora, ningún elemento de la policía podrá “violar” los derechos de los detenidos y deberán ponerlo de inmediato a disposición de las autoridades.

Esta nueva forma de actuación es para responder al nuevo Sistema Penal Acusatorio, que este viernes entrará en operación.

Dichos protocolos, aunque ya existían, no se aplicaban. Sin embargo, a partir de ahora será obligatorio para los policías tanto conocerlos como implementarlos.

El procedimiento para la detención de las personas tras la presunta comisión de algún delito establece que los uniformados deben respetar, en todo momento, los derechos humanos de los involucrados.

Aclara que la detención de probables responsables se realizará en tres supuestos: cuando se emita un mandamiento ministerial, cuando se emita un mandamiento jurisdiccional y cuando exista flagrancia.

Procedimiento de detención. En el acuerdo 01/2015 publicado ayer en la gaceta, se explica cómo deben actuar los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal al momento de detener a un probable responsable. En este sentido, menciona que los uniformados deberán evaluar si existen las condiciones para la detención e informar por frecuencia de radio, o cualquier otro medio, las circunstancias de la situación.

Cuando el probable responsable no oponga resistencia, el policía deberá identificarse, expresar la causa de la detención, dar instrucciones verbales, entendibles y directas. También deberá informarle el motivo del arresto y los derechos que tiene.

En el caso de la detención en flagrancia, el policía podrá realizar revisiones sobre las personas y lo que lleve consigo, como objetos relacionadas con hechos probablemente constitutivos de delito.

Sin embargo, el protocolo aclara que la revisión física se deberá realizar considerando edad, sexo, discapacidad o cualquier otra característica que implique una diferencia en el tratamiento de la persona detenida.

Uso de la fuerza. La policía está facultada para usar la fuerza para la detención conforme a: persuasión o disuasión verbal, utilización de armas incapacitantes no letales, utilización de armas de fuego o de fuerza letal.

El acuerdo 02/2015 por el que se expide el protocolo de Actuación Policial para la Preservación del Lugar de los Hechos o del Hallazgo y Cadena de Custodia, establece los lineamientos del sitio donde ocurrió algún delito: el policía realizará todas las acciones necesarias para preservar el lugar de los hechos, con el fin de evitar la contaminación de los indicios, en tanto el Ministerio Público y el personal especializado arriban al lugar.

jram



comentarios
0